
Tribunal de Segunda Instancia revoca resolución previa y determina que existen elementos para continuar procedimiento penal por presunta administración fraudulenta
El Tribunal de Segunda Instancia determinó revocar el auto de no vinculación a proceso que había sido emitido anteriormente a favor de Ricardo Moncayo Alvídrez, ex secretario general del Sindicato de Trabajadores al Servicio de la Universidad Autónoma de Chihuahua (STSUACH), y Carolina M.A., quien se desempeñó como presidenta de Vigilancia durante la administración sindical 2019-2022, al considerar que existen elementos suficientes para que ambos sean sujetos a proceso penal por el presunto delito de administración fraudulenta.
La resolución judicial establece que los imputados deberán enfrentar las siguientes etapas del procedimiento, luego de que el órgano jurisdiccional determinó que sí existen datos que permiten establecer su probable participación en hechos que habrían generado un daño patrimonial superior a los 16.6 millones de pesos en perjuicio del sindicato.
Denuncia surgió por presuntas irregularidades en manejo financiero
La denuncia que dio origen a la investigación fue presentada ante la Fiscalía General del Estado el 11 de julio de 2023, durante la administración sindical 2022-2025 encabezada por el entonces secretario general Salvador Salgado García.
De acuerdo con la información proporcionada, la querella derivó de diversas irregularidades detectadas en el manejo de cuentas y recursos correspondientes al periodo 2019-2022, cuando Ricardo M.A. encabezaba la dirigencia sindical y Carolina M.A. ocupaba la presidencia del órgano de vigilancia.
Como parte de las investigaciones, se realizaron distintas diligencias ministeriales, entre ellas un dictamen pericial contable que estimó un posible detrimento patrimonial por 16 millones 690 mil 959 pesos con 60 centavos.
Tribunal corrige resolución inicial y ordena continuar proceso
Durante el desarrollo del procedimiento penal, los imputados promovieron diversas acciones legales y solicitaron diferimientos de audiencias en al menos siete ocasiones, según la información difundida sobre el caso.
Finalmente, en marzo de 2026 se llevó a cabo la formulación de imputación, aunque en primera instancia una jueza de control determinó la no vinculación a proceso.
Ante esa resolución, la Fiscalía y la asesoría jurídica del sindicato interpusieron un recurso de apelación, argumentando que la determinación inicial no valoró correctamente los elementos incorporados a la investigación.
Tras analizar los antecedentes del expediente y los argumentos presentados, el Tribunal de Segunda Instancia concluyó que la resolución de primera instancia fue incorrecta y determinó revocarla.
En consecuencia, emitió directamente el auto de vinculación a proceso contra Ricardo y Carolina M.A., al considerar acreditados elementos relacionados con su probable participación en el delito de administración fraudulenta.
Proceso penal continuará en las siguientes etapas
Con esta resolución, el procedimiento penal continuará conforme a las etapas establecidas por la legislación vigente, donde las autoridades deberán analizar los hechos denunciados y determinar, en su momento, las responsabilidades jurídicas correspondientes.
La vinculación a proceso no representa una sentencia definitiva, sino la determinación judicial de que existen elementos suficientes para que una persona sea sometida a un proceso penal y pueda continuar la investigación bajo control judicial.
Luego de conocer la determinación del Tribunal de Segunda Instancia, el ex secretario general del STSUACH, Salvador Salgado García, difundió un mensaje en video dirigido a los trabajadores sindicalizados, en el que informó sobre la resolución judicial.
Salgado García señaló que la determinación representa un avance dentro del procedimiento iniciado por las presuntas irregularidades detectadas durante la administración sindical 2019-2022 y destacó que será la autoridad judicial la encargada de continuar con el análisis del caso.
El proceso ahora seguirá su curso para esclarecer el destino de los recursos señalados y determinar si existieron responsabilidades penales por los hechos denunciados.