Senador Mario Vázquez advierte riesgos e inconstitucionalidad en la reforma a la Ley de Aguas Nacionales

En rueda de prensa, el senador Mario Vázquez Robles advirtió sobre los riesgos legales, sociales y productivos que implica la reciente reforma a la Ley de Aguas Nacionales, así como la emisión de la Ley General de Aguas, al considerar que ambas contienen disposiciones regresivas que afectan derechos adquiridos, generan incertidumbre jurídica y vulneran de manera grave a las comunidades indígenas.

El legislador señaló que uno de los principales problemas de la reforma es la falta de consulta previa, libre e informada a las comunidades indígenas, obligación establecida de forma expresa en la Constitución. Subrayó que cualquier modificación legal que implique cambios en la forma de vida de estas comunidades debe someterse a un proceso de consulta bajo parámetros claros y formales, lo cual no ocurrió en este caso.

Vázquez Robles relató que durante recorridos recientes por cinco municipios de la Sierra Tarahumara constató la preocupación de comunidades indígenas y productores rurales, quienes utilizan norias, pozos y sistemas de bombeo ubicados a 100 o 200 metros de los ríos para el abrevadero de ganado y la producción de alimentos en pequeñas parcelas. Explicó que muchos de estos aprovechamientos carecen de documentación formal y, con la nueva legislación, podrían ser considerados ilegales, lo que colocaría a productores indígenas y rurales en riesgo de incurrir en delitos.

Ante este escenario, el senador informó que ya se encuentran disponibles formatos de amparo indirecto para combatir la reforma a la Ley de Aguas Nacionales y, de manera específica, la omisión de consulta a las comunidades indígenas. Dichos formatos pueden consultarse en el sitio oficial mariovazquez.mx, y están dirigidos a personas físicas, personas morales, comunidades indígenas, productores agrícolas y ganaderos, así como a propietarios de tierras vinculadas al uso del agua que puedan acreditar un interés legítimo por la afectación directa a su patrimonio.

Detalló que el decreto publicado el 11 de diciembre de 2025 en el Diario Oficial de la Federación presenta problemas centrales, entre ellos la sustitución del esquema de transmisión de derechos por uno de reasignación controlada por la autoridad del agua, así como la obligación de emitir nuevos títulos de concesión aun cuando existan derechos previamente adquiridos. A su juicio, estas disposiciones violan el artículo 14 constitucional, que prohíbe la retroactividad de la ley en perjuicio de persona alguna, así como el artículo 16, relativo a la seguridad jurídica y la legalidad.

Añadió que también se vulnera el artículo 1 de la Constitución, al implicar una regresión en derechos en lugar de su progresividad, además de afectar el derecho humano al agua y el patrimonio productivo de miles de familias. Entre las consecuencias prácticas de la reforma, mencionó la incertidumbre en herencias y ventas de tierras, dificultades para el financiamiento agrícola e industrial, reducción del valor de predios productivos y un incremento en la discrecionalidad administrativa, lo que eleva el riesgo de corrupción en las autoridades del agua y en comités intersecretariales que, dijo, desconocen la realidad hídrica del estado.

El senador explicó que la ley es autoaplicativa, es decir, genera efectos negativos desde su entrada en vigor sin necesidad de un acto posterior de autoridad, por lo que puede impugnarse todo el sistema normativo en su conjunto. Precisó que el plazo límite para presentar los amparos es el 20 de enero de 2026 y que estos pueden promoverse de manera presencial, en un horario de 9:00 a 15:00 horas; hasta las 23:51 horas del último día en la Oficialía de Partes Común; o bien en línea, mediante firma digital o CURP previamente registrada ante el Poder Judicial.

Finalmente, Vázquez Robles indicó que, para la presentación del amparo, las personas físicas o morales deberán contar con identificación oficial, acreditación del representante legal en su caso, título de propiedad, concesión, asignación o permiso de agua, así como copias simples si la promoción es física. Reiteró que el objetivo es frenar disposiciones inconstitucionales, proteger el patrimonio y la certeza jurídica, y evitar retrocesos que afecten a productores, familias y al campo mexicano.

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